Archivo del mes: marzo, 2009
Escrito por Lorena el 25 marzo, 2009
Existen muchas compañías aseguradoras que ofrecen seguros del hogar, con distintos tipos de coberturas, como seguros de incendio, de Responsabilidad Civil, multirriesgos, etc, pero no todas tienen la misma participación en el mercado. En épocas de crisis, la competencia y los objetivos de aumentar la cuota de mercado se acentúan, generando por parte de las aseguradoras una serie de promociones y beneficios para captar más clientes, o al menos, mantener la cartera existente.

A continuación, le acercamos una lista de las principales aseguradoras que lideran el ranking de de seguros del hogar, en cuanto a la cantidad de pólizas en vigencia. Ellas son:
Puesto Aseguradora Cuota de mercado Cuota acumulada
1 MAPFRE SEGUROS GENERALES 15,65% 15,65%
2 CASER 8,70% 24,35%
3 SANTALUCÍA 6,03% 30,38%
4 BBVA SEGUROS 5,23% 35,61%
5 SEGUR CAIXA 4,82% 40,43%
6 SEGUROS CATALANA OCCIDENTE 4,67% 45,10%
7 ALLIANZ 4,66% 49,76%
8 SANTANDER SEGUROS 3,96% 53,72%
9 OCASO 3,92% 57,64%
10 GROUPAMA SEGUROS 3,83% 61,47%
11 AXA AURORA IBERICA 3,75% 65,22%
12 LIBERTY SEGUROS 3,35% 68,57%
13 ZURICH ESPAÑA 3,30% 71,87%
14 REALE SEGUROS GENERALES 2,60% 74,47%

Por lo visto, estas 14 compañías que lideran el ranking, acumulan el 74.47 % del mercado, dejando el resto en manos de otras aseguradoras, que participan con cuotas mínimas.
Escrito por Lorena el 20 marzo, 2009
A la hora de contratar un seguro del hogar, es importante tener en cuenta determinados datos, que le serán de utilidad para comparar los productos ofrecidos por distintas aseguradoras y poder elegir el más adecuado de acuerdo a sus necesidades.
Primero, vale la pena aclarar que los el único seguro obligatorio para el hogar es el de incendios, pero sólo si lo exige una hipoteca cuya garantía sea el inmueble. De lo contrario, la contratación del seguro es opcional.

Luego, cuando haya elegido la compañia aseguradora y los daños a cubrir, deberá tasar tanto el inmueble como los bienes que usted tiene dentro del mismo. Al primero se lo denomina continente y al segundo contenido. Es importante que éstos los valores se acerquen a la realidad, oara evitar problemas en un futuro. Si los bienes valen más que el monto asegurado, entonces la indemnización que dé la aseguradora no cubrirá el siniestro sufrido, en cambio si los mismos están sobrevaluados, pagará una prima más elevada de la que debería corresponder, y en caso de siniestro, la indemnización será por el valor de mercado de los bienes.
Como en el mercado se ofertan muchas variedades de seguros del hogar; incluso en la misma entidad suelen existir distintas opciones para asegurar los posibles siniestros que puedan surgir en la vivienda, es recomendable que se haga una comparativa entre todos los posibles productos a contratar. En este estudio previo es importante analizar las condiciones generales de cada uno, observar si son claras y se adecuan a las necesidades reales del usuario.
En este sentido, hay que leer detenidamente tanto los riesgos que se cubren como las exclusiones a la cobertura por parte del seguro, ya que un defectuoso conocimiento en este sentido puede llevar a la creencia de que se está cubierto en unos determinados supuestos y que finalmente no sea así.
El contrato de seguro debe materializarse en un documento que se denomina póliza, y en ella deben aparecer una serie de indicaciones:
- Nombre y apellidos o denominación social de las partes contratantes y su domicilio, así como la designación del asegurado y beneficiario, en su caso.
- Concepto en el cual se asegura.
- Naturaleza del riesgo cubierto.
- Designación de los objetos asegurados y de su situación.
- Suma asegurada o alcance de la cobertura.
- Importe de la prima, recargos e impuestos.
- Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago.
- Duración del contrato, con expresión del día y la hora en que comienzan y terminan sus efectos.
- Si interviene un mediador en el contrato, el nombre y tipo de mediador.
La documentación de la póliza se concreta en dos documentos de gran importancia y que deben ser revisados antes de proceder a la efectiva firma del contrato, ya que en éstos se deben determinar de forma clara las situaciones y excepciones en los que la aseguradora procederá a indemnizar al beneficiario del seguro (son las condiciones generales y particulares).
Escrito por Lorena el 19 marzo, 2009
Seguros Red le acerca las definiciones de los conceptos más frecuentes, que se pueden leer en una póliza de seguros del hogar, un diccionario muy útil, que le ayudará a interpretar correctamente la cobertura de la póliza.

- Aseguradora: entidad que presta el servicio de aseguramiento y que asume la obligación del pago de la indemnización cuando se produzca el siniestro asegurado.
- Asegurado:persona sobre la que recae el riesgo que se asegura (por ejemplo, el conductor del coche, propietario de una vivienda…). El tomador y el asegurado pueden ser, o no, la misma persona.
- Contrato de seguro: acuerdopor el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una cantidad de dinero y para el caso de que se produzca un hecho cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
- Tomador: la persona que contrata con la entidad aseguradora y paga la prima.
- Beneficiario: es la persona a quien corresponde recibir la indemnización en el caso de siniestro.
- Agente de seguros: promueve y asesora la contratación del seguro, como intermediario entre la compañía y el tomador del seguro.
- Póliza: Documento en el cual se recoge el contrato de seguros.
- Corredor de seguros: es aquella persona física o jurídica que actúa de intermediario entre la aseguradora y el consumidor, pero que no tiene ninguna vinculación contractual con la compañía.
- Riesgo:posibilidad de que se produzca el daño asegurado; el riesgo a cubrir por la aseguradora debe estar concretado en la póliza.
- Prima: es la cantidad de dinero que periódicamente debe pagar la persona que contrata la póliza a la compañía aseguradora para la cobertura del riesgo. Básicamente, es el precio del contrato.
- Siniestro: cuando se materializa el riesgo, del hecho que produce un daño, y que obliga a la compañía a indemnizar al beneficiario del contrato.
- Indemnización: monto de dinero que debe pagar la compañía aseguradora al beneficiario una vez que se produce el siniestro.
- Franquicia: importe pactado que siempre pagará el asegurado cuando se produzca un siniestro. La ventaja de la franquicia es que abarata la póliza; la desventaja es que el asegurado siempre debe pagar una parte del siniestro.
- Condiciones generales: Cláusulas del contrato que han sido redactadas e impuestas por la aseguradora, y que son comunes a todas las pólizas del mismo tipo de seguro que celebra una determinada entidad aseguradora.
- Condiciones particulares: Son todos los datos de la compañía aseguradora, los datos del tomador, el concepto asegurado, el beneficiario y el asegurado, el riesgo, la cantidad asegurada, el importe de la prima, el vencimiento y la forma de pago y la duración del contrato.
- Condiciones especiales: que hacen variar alguna cláusula general.
- Continente: se refiere al valor del inmueble vacío, es decir, suelo, paredes y techo.
- Contenido:Es el valor de todo aquello que se encuentra dentro de la vivienda: muebles, electrodomésticos, etc.
- Infraseguro y sobreseguro:El primer concepto se refiere a cuando el valor real de los bienes asegurados es superior al declarado en la póliza. El sobreseguro es cuando el valor real de los bienes es inferior al asegurado. En caso de que la aseguradora tuviera que indemnizar alguna cantidad, lo hará de forma proporcional a como la prima cubra al bien.
Escrito por Lorena el 18 marzo, 2009
El período de duración de un contrato de seguro del hogar es el indicado en la póliza. Legalmente, este período no puede exceder los 10 años. Lo más común es que el contrato se prorrogue automáticamente, por un período no superior a un año cada vez. Ante esta situación, las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.

Consejos útiles para la cancelación de un contrato de seguro de hogar:
En principio, el contrato se puede cancelar por cualquiera de las partes.
La compañía aseguradora podrá proceder a la cancelación del mismo en estos casos:
- Si el asegurado ha ocultado o mentido en los datos facilitados al contratar la póliza.
- Si mientras dura el contrato se agrava el riesgo que cubre la póliza (por ejemplo, se disminuyen las medidas de seguridad de un local, o en éste existe más mercancía de la que se declaró en el momento de suscribir la póliza, etc.). En estos supuestos, el asegurador puede cancelar la póliza o proponer al tomador una modificación de las condiciones del contrato que, si no son aceptadas, también darán derecho a la compañía a rescindir el contrato, en ambos casos con la obligación de restituir la parte proporcional del importe de la prima.Si el asegurado oculta de mala fe a la compañía una situación que agrava el riesgo cubierto por la póliza y éste se materializa, esto es, se produce el siniestro objeto del contrato de seguro (el robo, el incendio, la inundación, etc.), el asegurador podrá verse libre de pagar la indemnización. En los casos en los que no haya existido esta mala fe, la aseguradora sólo estará obligada a pagar la diferencia entre la prima contratada y la que hubiera correspondido abonar por el incremento del riesgo.
- Si se vende el objeto asegurado (en este caso, la vivienda); también estará obligado a devolver la parte de prima pendiente.
Por su parte, el asegurado puede solicitar la cancelación del contrato de seguro si:
- Cuando existan circunstancias que han hecho disminuir el riesgo, por lo que la prima debe reducirse y la compañía aseguradora no admite la modificación de la misma. En este caso, el tomador del seguro tiene derecho a recibir la diferencia entre la prima que ha pagado y la que le hubiera correspondido pagar desde que comunicara la disminución del riesgo.
- Cuando ha comprado un objeto que estaba asegurado y no le interesa el seguro.
Escrito por Lorena el 13 marzo, 2009
BBVA ofrece dos variedades de seguros de hogar, con cobertura multirriesgo. A continuación detallamos los mismas, con sus características principales.

Seguro de hogar BBVA Modalidad Extra:
Se trata de un seguro multirriesgo que brinda coberturas a los inconvenientes habituales que ocurren en la vivienda, como daños por agua, por rotura de cristales y por robo.
También cubre los daños causados por incendio, por desperfectos eléctricos, el robo fuera de la vivienda, y daños a terceros vecinos.
Cobertura: Continente Contenido
| Incendio |
100% |
100% |
| Explosión |
100% |
100% |
| Caída de rayo |
100% |
100% |
| Humo |
100% |
100% |
| Accidentes por la electricidad |
100% |
100% |
| Inundación y Daños por líquidos |
100% |
100% |
| Actos de vandalismo o malintencionados |
100% |
100% |
| Lluvia superior a 40 litros por m2/hora |
100% |
100% |
| Viento superior a 75 km/hora |
100% |
100% |
| Pedrisco |
100% |
100% |
| Nieve |
100% |
100% |
| Impactos desde el exterior |
100% |
100% |
| Rotura cristales, vitrocerámicas, mármoles, loza sanitaria |
100% |
100% |
ROBO,INFIDELIDAD EMPLEADOS Y HURTO DENTRO VVDA.
Desperfectos por robo o Intento de Robo
Robo en la vivienda
Robo de dinero en efectivo |
100%
—-
—- |
100%
100%
300 euros |
| Hurto dentro de la vivienda
Hurto dinero en efectivo dentro vvda.
|
—-
—- |
1.800 euros
300euros |
| Infidelidad de empleados
Dinero en efectivo, talones, valores.
|
—-
—- |
600 euros
300euros |
| ROBO FUERA DE LA VIVIENDA ASEGURADA (Europa, Estados Unidos y Canadá)
Dinero en efectivo
Reposición de cerraduras por robo llaves
Uso fraudulento tarjetas crédito/débito
|
—-
—-
—-
—- |
Hasta 1.800 euros
300 euros
Incluido
primeras 24 horas/300 euros |
| Inhabitabilidad vivienda y pérdida de alquileres
Costes alojamiento hotel
|
100% Máximo 1 año
7 días / 600 euros |
| Gastos de Desescombro, Salvamento y Bomberos |
5% |
5% |
| Gastos de Restauración Estética |
1.200 euros |
| Traslado Temporal de los Bienes Asegurados |
—- |
6.000 euros / Metálico 300euros |
| Alimentos Refrigerados o congelados |
—- |
600euros |
| Reposiciçon de documentos |
—- |
600euros |
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
Responsabilidad Civil Patronal
Gastos de Defensa y Fianzas Civiles |
150.000 euros
Límite por víctima 60.000
Incluidos |
| Reclamación de Daños causados por terceros |
30.000euros |
ASISTENCIA EN LA VIVIENDA
|
|
Seguro de hogar BBVA Modalidad Superior:
Incluye todas las coberturas de la Modalidad Extra, pero con límites más altos y agrega coberturas exclusivas.
Por ejemplo, una línea telefónica exclusiva para atención al asegurado de la Modalidad Superior, mediante la cual lo atenderá un Asesor personal especializado. Además BBVA se compromete a acudir al domicilio del asegurado en caso de ugencia, en el plazo de 2 horas, o en 3 horas si la vivienda se encuentra en poblaciones de menos de 20000 habitantes.
Podrá verificar detalladamente las coberturas de estos seguros del hogar en la página web de la aseguradora, haciendo click aquí
Son opciones de seguros multirriego que cubren los riesgos básicos de siniestros en el hogar. Otras compañías ofrecen opciones más completas, por ejemplo para quienes tienen mascotas, se le puede adicionar la cobertura de las mismas, y el riesgo de responsabilidad civil hacia terceros que ellas u otros familiares pudieran causar a terceros.
