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Archivo del mes: abril, 2009

Qué hacer si tienes goteras en casa


Si a usted se le presenta una gotera en su casa, primero debe buscar la procedencia de la misma y tratar de obstruírla, para detener la gotera.

Luego comunicarse con su seguro del hogar (si tiene contratado uno), y ellos se ancargarás de evaluar de dónde viene la gotera. Si es un problema de su propiedad o de la del vecino, o común a ambos.

En el caso de que la causa no esté en tu vivienda, deberás reclamar al vecino para que él o su seguro repare el problema. Si es de una cañería común, deberás comunicarlo al administrador del consorcio, para que da la misma manera, se ocupe del tema.  En caso de tener contratada la cobertura, su compañia de seguros podrá efectuar las reclamaciones por usted.

En cambio, si usted no tiene ningún seguro de hogar contratado, deberá hacerce cargo en principio de la búsqueda del orígen de la gotera, para luego hacer la reparación o reclamar a quién corresponda.

Cómo calcular el continente en un seguro de hogar


Podríamos pensar que el valor del continente para un seguro del hogar es el precio pagado al comprar la vivienda, o el precio al cuál la venderíamos en determinado momento, o sea la cotización de mercado. Pero en este caso, estaríamos incluyendo en el valor tanto la proporción atribuíbla al terreno, como lo construído.

En caso de incendio, explosión, etc, la parte de la propiedad que resultará dañada va a ser la construcción, pero el terreno nunca se perderá. Por eso, esta proporción no debería componer el valor del continente, ya que lo único que se lograría es aumentar la prima de seguro, por un riesgo que nunca va a ocurrir.

Con las fórmulas que presentamos a continuación, usted podrá calcular el valor del continente para un seguro del hogar, de manera aproximada:

Piso de clase Media: M2 Construidos x 710 € = valor continente

Chalet unifamiliar clase Media: M2 Construidos x 750 € = valor continente

Viviendas Adosadas clase Media: M2 Construidos x 730 € = valor continente

Piso de clase Media Alta: M2 Construidos x 850 € = valor continente

Chalet unifamiliar clase Media Alta: M2 Construidos x 1.200 € = valor continente

Viviendas Adosadas clase Media Alta: M2 Construidos x 1.000 € = valor continente

Asegurados y beneficiaros de las coberturas de un seguro de hogar


Los seguros del hogar generalmente cubren la responsabilidad civil (de los habitantes de la propiedad hacia terceros ajenos a ella) y los daños causados a la propiedad propia (causados por terceros) y a la propiedad ajena (causados por el asegurado o los convivientes).

Para tener más claro qué riesgos están cubiertos y en qué circunstancias, a continuación exponemos una serie de ejemplos que le ayudarán a entender mejor quién es el responsable del daño y cuál es el beneficiario.

  1. Un menor a su cargo, que esta esporádicamente en la vivienda daña su vivienda: el riesgo está cubierto por el seguro.
  2. Un menor a su cargo, que esta temporalmente en la vivienda daña la vivienda del vecino: este riesgo no está cubierto.
  3. Familiar directo que no está a cargo suyo y que no convive en la casa causa daños a la propiedad propia o a la del vecino: el riesgo no está cubierto. Estos daños deberá cubrirlos el seguro de responsabilidad civil del causante del daño, o él mismo, si no tiene contratado un seguro.
  4. Amigos suyos que estan en su casa de visita causan un daño a su propiedad o a la del vecino: idem anterior.
  5. En caso de que el asegurado cause un daño a otro familiar que convive en la misma propiedad: no cubierto.
  6. El asegurado daña a un familiar hasta 3ª grado de visita: Santa Lucia es la única que lo cubre ya que solo excluye a los familiares que convivan o dependan del asegurado.
  7. El Asegurado causa un daño a un vecino que es familiar mío: Santa Lucia lo cubre. Para el resto de las aseguradoras, hay que verificar las condiciones del seguro.
  8. Un familiar hasta tercer grado de consanguinidad que convive en la vivienda causa un daño sobre la misma: el seguro reparará los daños causados.
  9. Un familiar hasta tercer grado de consanguinidad que convive en la vivienda cauda daño sobre vivienda ajena: el daño en este caso es sobre la propiedad de un vecino. Este riesgo no siempre está cubierto. Depende de las condiciones de la póliza. si está incluído, el seguro reparará los daños a su vecino, de lo contrario, usted deberá hacerse cargo personalmente de esas reparaciones.
  10. La vivienda del vecino daña su propiedad: en este caso, usted es asegurado y beneficiario del seguro, quién le reparará los daños causados y hará el reclamo pertinente a su vecino.

Siempre hay que leer atentamente las condiciones de la póliza, incluso la letra chica, para tomar un seguro de hogar conociendo correctamente la cobertura incluída.

Impago de hipoteca de la vivienda


Idealista. com ha publicado una guía muy sencilla e ilustrativa que explica cuáles son las consecuencias de un impago de hipoteca de vivienda.

En el caso de que usted se encuentre muy complicado financieramente y no pueda hacer frente al pago de la cuota de la hipoteca, le recomendamos comunicar a la entidad financiadora el problema antes del vencimiento, plantear la situación y solicitar su colaboración para arribar a una solución común.

Al banco le conviene cobrar, aunque sea más lento, antes que tener un cliente moroso. Alternativas de solución son refinanciar la hipoteca, alargar el plazo o dar un periodo de carencia (en el que sólo pagarás los intereses del préstamo), para disminuir el monto de la cuota mensual.

Si usted no abona la cuota de la hipoteca, se iniciará un proceso como el que sigue:

  1. Primero el banco cerciorará que no haya ocurrido un error o descuido de alguna de las partes. En el caso de que abone la cuota más intereses devengados por los días de retraso terminará el proceso
  2. Si se acumula una deuda de entre 2 y 5 meses de impago el banco realizará todas las gestiones posibles para que el deudor cancele la deuda, si éste no lo hace, entonces hará una propuesta de refinanciación.
  3. Si no se llega a ningún acuerdo y se siguen acumulando impagos, alrededor del 6º mes, el banco iniciará un proceso judicial de ejecución de la hipoteca, o sea de remate de la propiedad puesta en garantía.
  4. Luego de 1 año, el juzgado fija una fecha para la subasta de la vivienda. Hasta casi la fecha de la subasta aún se puede pagar lo adeudado (más intereses). La subasta implica el desalojo de su hogar.
  5. La subasta se ofrece por el monto base del capital más intereses y gastos del juicio. Si la propiedad no se vende en la primera subasta, se efectuará otra incluso sin base.
  6. Del valor de venta de la propiedad, el banco descontará todos sus cargos, y le dará al deudor el monto sobrante. En el caso de que el monto de venta no cubra lo adeudado: el banco se queda con lo conseguido y por el resto el juez determinará cómo saldar el resto de la deuda. Puede ser que embarguen otros bienes del deudor, o le reclamen la cancelación de la deuda a los garantes (si es que se presentaron al momento de contratar la hipoteca).

Consejos para contratar un seguro de hogar


Si usted desea contratar un seguro de hogar, primero deberá analizar qué riesgos pueden ocurrir en la vivienda y cuán graves serían los mismos en caso de ocurrencia. A partir de allí, estará en condiciones de decidir qué cobertura de seguro de hogar es la indicada para su nueva casa.

Existen distintas alternativas de seguros de vivienda. Puede contratar un seguro específico para cada riesgo (varias pólizas), o agrupar toda la cobertura en una póliza de SEGURO MULTIRRIESGO HOGAR, cuyas garantías básicas son las siguientes:

  • Incendios, daños por explosión, y daños por humo, incluyendo los gastos de extinción de incendios.
  • Robo, atraco y hurto sobre los bienes asegurados, incluyendo daños a la vivienda, como consecuencia de cualquiera de esos delitos.
  • Daños por agua, causadas por rotura, desbordamiento, o atasco de tuberías propias o ajenas.
  • Responsabilidad civil como propietario o usuario de la vivienda.

Cada compañia de seguros ofrece ampliaciones a la cobertura básica, de acuerdo a las necesidades del tomador.

Si usted decide alquilar la propiedad para obtener una renta, debería considerar contratar un seguro multirriesgo hogar para protejer la casa. Y un SEGURO DE IMPAGO DE ALQUILERES, para el caso de que el inquilino no abone la cuota acordada, que incluye gastos de defensa jurídica por el reclamo.

Pero si usted está alquilando una vivienda, debería tener en cuenta asegurar todo lo que no esté ya asegurado por el propietario de la casa. Probablemente se trate del contenido, o sea, de los bienes del inquilino tales como muebles, alajas, vehículo, et. La cobertura a contratar en este caso será por el contenido:

  • Incendios, robo y atraco.
  • Responsabilidad civil como inquilino por los daños causados a la vivienda o a otros vecinos del edificio, como terceros, así como por los daños que pudieran causar los animales domésticos.

También podría optar por un SEGURO MULTIRRIESGO HOGAR, siempre y cuando el propietario no lo haya hecho.

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