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Asistencia en el hogar


En este post le daremos una serie de consejos sobre la asistencia en el hogar que ofrecen los seguros de hogar. Cómo se sabe la vivienda y los enseres, así como los muebles, o electrodomésticos, se los utiliza a diario y con el paso de los años alguno de todos ellos llega a requerir la atención de los profesionales de mantenimiento y reparación respecto a la fontanería, electricidad, carpintería y demás.

Vale aclarar que, en este caso no implica la reparación o reposición por daño como en el caso de incendio, robo o rotura, ya que estos están cubiertos en la póliza del seguro de hogar, pero si del uso a diario y consecuente desgaste de la vivienda y objetos, ante esto se requiere de los profesionales que los arreglen o repongan.

Esta cobertura existe para brindarle al asegurado, por parte de la aseguradora, la posibilidad de contar con profesionales del sector, sea cual sea el ramo, que involucre al mantenimiento de una vivienda.

Al acceder a estos profesionales será sin ningún coste de mano de obra y desplazamiento esto dependiendo de cada aseguradora, el único gasto que deberá afrontar será el de los materiales, piezas o recambios.

Como en todo contrato se debe de estudiar la letra pequeña, y tener en consideración los siguientes términos:

Servicios Ofrecidos:

Se debe de leer la póliza si se encuentran o no incluidos todo tipo de profesionales, los que se encarguen de reparación o asistencia. Por lo general las aseguradoras ofrecen todos los servicios, como:

- Albañilería
- Antenas y porteros
- Electrodomésticos, TV y video, electrónica, informática
- Carpintería (madera y aluminio)
- Electricidad
- Fontanería
- Escayola
- Suelos (moqueta, abrillantado, parquet, mármol)

Dichos servicios son los más comunes, aunque no los únicos que ofrecen, además existen profesionales para tareas más específicas:

Personal Sanitario:
Este tipo de cobertura cuenta con fisioterapeutas, auxiliares de clínica, ante accidentes domésticos que tanto el asegurado u otra persona que conviva en dicha vivienda pueda sufrir.

Por lo que se debe de saber, si se tiene o no contratada dicha cobertura, en este caso el importe máximo y/o periodo máximo que la aseguradora indemnizará.

Personal Docente:
En este caso, se da si ante un accidente doméstico un chico por lo general, en edad escolar llegara a sufrir lesiones que le impidieran concurrir al colegio, en ciertas aseguradoras ofrecen el servicio de personal cualificado para que imparta clases a domicilio.

Se deberá saber el límite máximo de dinero y/o el periodo máximo de tiempo que la compañía prestará dicho servicio.

Personal Doméstico:
Dicha cobertura brinda personal para tareas comunes del hogar, si debido al accidente doméstico, no puede con las tareas.

Se deberá saber desde que día se prestará la asistencia, el periodo máximo de tiempo de la prestación y/o el límite máximo de dinero que la aseguradora asumirá a su cargo.

Vigilancia:
La cobertura les ofrece personal cualificado para protección y salvaguarda de la vivienda si llegara a quedar desprotegida debido a un siniestro de la vivienda.

Ante esto, se debe de saber el tiempo máximo de prestación del servicio y/o límite máximo que pagará la compañía.

Tiempo de Reacción:

Este concepto, se basa en saber si se tiene o no derecho a que un profesional preste asistencia para solucionar un problema en la vivienda, también se debe saber o mucho tener una garantía mínima de que el servicio será prestado rápidamente. Por lo que si bien hay servicios que pueden esperar a ser prestado existen otros que se los puede requerir de manera imprevista y con urgencia.

Garantías que ofrece la Aseguradora:
Se deberá ver en la póliza el tiempo, compromiso o garantía de reacción de la aseguradora en cada servicio que se pueda necesitar.

Usualmente, figura en la letra pequeña ”tan pronto como sea posible”, por lo que en ese caso no es un compromiso o garantía suficiente.

Coste Asegurado:
Ciertas aseguradoras, ofrecen todo tipo de profesionales sin ningún coste sobre la mano de obra y desplazamiento. Aunque no en todos los servicios o en algunos casos parte de dicho servicio y no el total.

Se da el caso de que ciertas aseguradoras, solamente ofrecen servicios de profesionales, pero sin cubrir su coste. Por lo que se debe de replantear esto ya que no se estaría brindando ningún valor añadido y el asegurado debería de pagar el coste.

En prácticamente todas las pólizas figura este tipo de prestación de esta cobertura, aunque por más extensa que sea se vuelve obsoleta, si la aseguradora no cubre, a su cargo, el gasto de mano de obra y desplazamientos.

De manera que si la aseguradora, no abona el coste de profesionales, lo más recomendable realizar una lista propia, donde figuren teléfonos de profesionales de confianza y teléfonos de urgencias.

Por lo que si la aseguradora, solamente cubre de manera parcial ciertos servicios de profesionales, se deberá de hacer una lista denominada “mixta” esta servirá para tener ante cualquier eventualidad tener a mano esa lista de profesionales.

Este tipo de medidas sirven para estar mejor preparados ante los problemas que puedan surgir con la asistencia al hogar.

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