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Escrito por johanna el 12 noviembre, 2011

Los bienes especiales a efectos de un seguro de hogar son aquellos muebles u objetos cuyo valor unitario supere un determinado importe y que posean un valor especial debido a su antigüedad, características técnicas, calidad artística, etc… A modo de ejemplo, suelen ser considerados bienes especiales las alfombras, cuadros, tapices, cuberterías y objetos de plata, obras de arte, incunables, abrigos de piel, colecciones filatélicas y numismáticas. En todo caso, habrá que estar a lo que dispongan las condiciones de cada seguro, ya que algunas entidades incluyen como bienes especiales los equipos de visión, sonido, fotografía e informáticos.
El valor unitario a partir del cual un bien de estas características es considerado como especial es distinto dependiendo de las empresas y de los propios bienes. Por ejemplo, algunos seguros consideran como bien especial los incunables sea cual sea su valor. Sin embargo, solamente consideran los cuadros como bienes especiales cuando su valor unitario supere los 6.010 euros . No obstante, un baremo medio generalizado en el mercado es el dar la calificación de bienes especiales a los mencionados en el párrafo anterior cuyo valor unitario supere las 1.800 euros.
Para que este tipo de bienes queden cubiertos por la póliza de seguros, deberán estar declarados expresamente en la misma, y en su caso, haber satisfecho la prima correspondiente a su cobertura. Aunque no es frecuente, se recomienda observar bien las condiciones generales del seguro por si este tipo de bienes quedase excluido para alguna cobertura.
También es frecuente que las empresas exijan al asegurado prueba de la existencia de estos bienes (mediante fotografía u otro medio), así como de su valoración (mediante factura, certificado de autenticidad, catalogación, etc..). Por ello, y sobre todo para el caso de producirse un siniestro, conviene tener guardados en un lugar seguro todos aquellos documentos que pueden servir para demostrar el valor de los bienes dañados. En cualquier caso, no hay que olvidar que el seguro indemnizará el bien siniestrado por su valor de mercado y como máximo hasta el valor asegurado en póliza.
Coberturas por robo en el seguro del hogar
En los períodos vacacionales, los puentes, e incluso fines de semana, los robos en las viviendas suelen aumentar. Normalmente, se intentan poner medidas de seguridad para evitarlo, aunque no siempre son efectivas. Para dormir algo más tranquilo puede ser útil contratar un seguro con cobertura para estos casos. Es una cobertura que algunas compañías ofrecen como optativa, por lo que generalmente, al firmar la póliza, se ha de especificar que se quiere contratar esta garantía. Una póliza sin esta opción no cubrirá las pérdidas sufridas cuando roben en la vivienda.
En los seguros de hogar existen dos posibilidades. Por una parte, asegurar tan sólo el continente, es decir, la vivienda en sí, y por otra que se cubra también el contenido, que es el mobiliario y bienes que se encuentran dentro de casa. Si se opta por asegurar el continente y no el contenido, la cobertura de la póliza será menor en los casos de robo o intentos de robo, ya que la aseguradora se hará cargo, en el mejor de los casos, sólo de los desperfectos que sufra la estructura de la vivienda (techos, paredes, suelos, etc) y no pagará ningún tipo de indemnización por los bienes que hayan sido sustraídos.
Si se asegura también el contenido, se tiene la misma garantía y, además, la compañía indemnizará por el 100% de los bienes que hayan sido robados. A la hora de contratar esta cobertura se ha de tener en cuenta que no es lo mismo un robo, que un hurto o un atraco, también llamado expoliación. Se considera robo cuando media la fuerza sobre cosas para sustraer algún bien; atraco o expoliación cuando se intimida o fuerza a las personas; y hurto cuando no interviene la fuerza. Son tres conceptos que pueden parecer lo mismo por lo que conviene distinguirlos para conocer bien las coberturas y las exclusiones de la póliza.
La cobertura para los casos de robo sirve para casos como el robo o expoliación de joyas, de objetos de valor especial (como ordenadores o equipos musicales). Lo habitual es que la compañía exija que se declaren expresamente los bienes que, por sí mismos, excedan de un determinado valor.
No obstante, las pólizas de hogar en casos de robo también tienen exclusiones. Por ejemplo, cuando los objetos robados o hurtados estuviesen en una terraza, jardín, trastero o espacio abierto aun cuando pertenezcan a la vivienda. También suelen excluir los hurtos de dinero o joyas, aunque sí está cubierto el hurto de otros bienes asegurados. Además, si al firmar la póliza se declara que se dispone de medidas de seguridad, como pueden ser las alarmas, y en el momento del robo no están activas, la compañía se negará a hacerse cargo del siniestro. Por último, cabe recordar que tras un robo, hurto o expoliación es imprescindible presentar una denuncia a la Policía. La compañía exige este documento para cubrir el siniestro. Si no hay denuncia, el robo queda sin cubrir.
Escrito por johanna el 5 noviembre, 2011

Hay pólizas que en su letra pequeña incorporan cláusulas en las que se indica que sólo cubren un porcentaje del coste de los bomberos.
Cuando se va a contratar una póliza de hogar se debe examinar siempre de forma detallada la cobertura de daños por agua e incendio. Los siniestros originados por agua (inundaciones por incidencias fluviales o de la red de agua, humedades originadas por un vecino…) son muy frecuentes y, normalmente, representan un gran coste de reparación, por lo que es fundamental que estén limitadas en la póliza. Se debe tener cuidado, porque no en todos los casos la cobertura de este apartado es total.
En cuanto al riesgo de incendios, normalmente las compañías indemnizan con el 100% del continente y del contenido, pero hay pólizas que en la letra pequeña incorporan cláusulas en las que se indica que sólo cubren un porcentaje del coste de los bomberos. Esta circunstancia es relativamente frecuente, por lo que resulta aconsejable prestar especial atención a este punto.
Finalmente, se debe prestar atención a las coberturas limitadas por máximos, mínimos o franquicias, especialmente, a los límites en las indemnizaciones de los riesgos complementarios, así como a los porcentajes que se aplican en cada caso. Y una cosa más, examinar con sumo cuidado la letra pequeña.
Por otra parte, para evitar problemas con la compañía de seguros en relación con el contenido, en las pólizas se suelen diferenciar tres categorías de objetos que permiten una clara identificación. Para ello, merece la pena examinar la vivienda, habitación por habitación, identificando todo lo que se tenga dentro de estos tres grupos:
- Mobiliario normal: Recoge los bienes muebles de uso habitual, tales como sofás, camas, muebles de cocina, armarios, mesas, ropa de cama y de vestir, aparatos de imagen y sonido.
- Mobiliario especial: Son objetos cuyo valor supera una determinada cantidad establecida por la compañía aseguradora.
- Joyas: Normalmente, las aseguradoras suelen separar la cobertura de joyas del resto del contenido, aunque si éstas son de poco valor en algunas ocasiones se incluyen junto con los objetos habituales. Lógicamente, el coste de asegurar una u otra categoría no es el mismo, estableciéndose diferencias en las tarifas en función de la compañía con la que se trabaje.
La prevención de incendios
Las pólizas de seguro de hogar cubren el riesgo de que se produzca un incendio en la vivienda. A pesar del sosiego que da disponer de un contrato de estas características con una empresa aseguradora, lo más útil es que guardes la diligencia debida para que no se produzca ningún tipo de incendio en casa. Para ello conviene seguir las siguientes recomendaciones prácticas:
1.Instalar un detector de humo con alarma en cada piso de la casa. Si se compra uno importado, las siglas UL (por Underwriter’s Laboratories) indican que el aparato ha sido sometido a tests exigentes de calidad. Siempre hay que probarlo al menos dos veces al año mientras que la batería del detector hay que testarla una vez al mes. Lo que nunca se ha de hacer es quitarla para usarla en otro lado y reemplazarla una vez al año. El detector conviene renovarlo cada 10 años.
2. Tener un extintor en casa, aprender a usarlo y practicar con él.
3. Si se usan calefactores eléctricos se recomienda ponerlos a no menos de un metro de material combustible. No deben usarse cables alargadores excepto si es absolutamente necesario. En esos casos, hay que mantenerlos desenrollados y no cubrirlos con alfombras ni otros elementos).
4. No sobrecargar los enchufes eléctricos.
5.No colocar ni guardar toallas, repasadores o utensilios de plástico en los estantes que quedan arriba del horno.
6. No usar mangas largas cuando se cocine o, en su defecto, remangarse. Pueden prenderse fuego o voltear recipientes y provocar quemaduras.
7. Mantener encendedores y fósforos fuera del alcance de los niños. No estimular su curiosidad con estos elementos.
8. Al vaciar los ceniceros, chequear que su contenido esté perfectamente apagado.
9. Cuando sea posible, utilizar tapicería con materiales resistentes al fuego. Controlar siempre la tapicería después de que se hayan sentado fumadores. No colocar ceniceros en los apoyabrazos.
10. No fumar en la cama. Es una causa importante de muerte por incendios en el domicilio. Alejar las estufas hasta al menos un metro de la cama. Tampoco secar las vestimentas o el calzado sobre ellas.
11. Al comprar vestimentas, priorizar la elaborada con materiales de difícil combustión, como 100% poliester, nylon, lana o seda. En cambio, el algodón, las mezclas algodón/poliester, el rayon y el acrílico se encienden más fácil y se queman más rápido. Esto es especialmente útil para la ropa de cama de mayores de 65 años, quienes tienen una incidencia altísima de lesiones o muerte por combustión de pijamas, robes y camisones.
12. Enseñar estas medidas a todas las personas que viven en la casa.
Escrito por Lorena el 19 agosto, 2011

La Caixa pone en marcha Seguro SegurConstruc, este es un seguro que pretende dar cobertura por daños que afectaran frecuentemente a las viviendas que están en construcción.
El principal Objetivo del seguro SegurConstruc, un seguro específico cubriendo los daños sobre edificios en construcción o en rehabilitación. También aporta cobertura en todos los daños y que su causa no figurara de manera expresa y excluida en este seguro de hogar.
Está dirigido hacia los Autopromotores, promotores y constructores de edificios destinados a viviendas.
Mientras que, la prima inicial del seguro hogar se puede pagar en una cuota por entre los 3 y 10 años que es el periodo de contratación inicial. Cuando finaliza el periodo los pagos pasará a ser anual. En tanto que la prima del periodo inicial se la podrá financiar con el préstamo hipotecario lo que es una gran ventaja.
Coberturas:
Daños causados a la obra por cualquier causa (incendio, explosión, etc.) no excluida expresamente en las condiciones de la póliza.
Daños a la obra producidos por errores de diseño u ocasionados por la naturaleza, con un mantenimiento amplio (siempre que el origen de los daños sea imputable al periodo de construcción).
Gastos derivados del desescombro.
Opcionalmente también podrán contratarse las garantías de responsabilidad civil.
Servicios:
Declaración de siniestros por teléfono.
Servicio gratuito de atención telefónica al cliente

Escrito por Lorena el 13 agosto, 2011

SegurCaixa Inmuebles una nueva modalidad de seguro de hogar directo de la división seguros de La Caixa. Ofrece su seguro que aporta cobertura sobre los daños que suelen ser los más usuales que puede sufrir la vivienda recién construída.
También aporta su servicio de asistencia a la comunidad algo que practicamente ningún otro seguro hogar ofrece.
SegurCaixa Inmuebles también cubre los elementos propios de la construcción o del posible mobiliario que sean para decoración o funcionales de la comunidad. Junto a un servicio de asistencia para reparaciones.
Este seguro es especial para Comunidades de Propietarios y promotores, después de haber finalizado la construcción.
En cuanto al pago permite hacerlo mensual, trimestral, semestral o anualmente. Además de ser anual renovable, teniendo 1 año de duración.
Coberturas:
Elementos que forman parte del continente de la comunidad (paredes, techos, instalaciones, electricidad)
Elementos incorporados de forma fija en el edificio (antenas de radio, ascensores)
Plazas de garaje y trasteros de la finca, zonas ajardinadas, piscinas)
Elementos que forman parte del contenido de la comunidad (muebles, luces, artículos de limpieza)
Prestaciones:
-Servicio de asistencia para reparaciones, las 24 horas del día, los 365 días del año.
-Bonificación por no siniestralidad.
-Reclamaciones a copropietarios por impago de gastos de comunidad.
-Coste de la mayoría de reparaciones y reposiciones de objetos dañados calculados a valor actual, sin descuentos de porcentajes por antigüedad o desgaste.

Escrito por Lorena el 31 julio, 2011
¿La Tasación online de la SPA afecta al mercado del alquiler?, esa es la pregunta que cabe hacerse ante la la denuncia de Alquiler Seguro que señala que el servicio puesto que ofrece la Sociedad Pública de Alquiler (SPA) para las tasaciones online de alquileres que ralentizará además de confundir y no mejorará en nada.
Este sistema cuando fija las rentas más ajustadas a las viviendas basándose en aspectos entre los que sobresalen los alquileres de la misma zona o el precio de las viviendas con similares características, no deja abiertamente que los propietarios establezcan sus rentas por lo que desequilibra lo que es fijar precios. Con esto los propietarios están obligados regirse por los precios del mercado.
Además Alquiler Seguro, se muestra contrario a que la Sociedad Pública de Alquiler (SPA) se favorzca con fondos públicos con el fin de llevar adelante esta medida, ya que esos fondos deberían dirigirse a iniciar nuevos juzgados para mejorar y agilizar los trámites por conflicto entre propietarios e inquilinos.
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