Buscar:

Reclamaciones a la compañía de seguros


En esta nota, Seguros Red le acercará consejos y una guía sobre cómo realizar reclamaciones a la compañía de seguros.

Si usted desea reclamar a la compañía de seguros por estar desconforme con los servicios recibidos en cuanto al seguro del hogar, lo más conveniente es acudir al mediador de seguros, porque él conoce personalmente la situación en la que usted se encuentra. Lo más probable es que éste logre resolverla sin necesidad de presentar una queja o reclamación por escrito.

Si su mediador de seguros no ha conseguido resolver su problema y quiere presentar una queja o reclamación, lo primero que debe hacer es discernir si el problema proviene de la compañía de seguros o de la correduría que intermedia su póliza.

Si usted piensa que la atención recibida por parte de su compañía de seguros es inadecuada, puede plantear una queja o reclamación ante el departamento o servicio de atención al cliente de la misma. Luego de analizar su caso, este departamento le dará una respuesta, si usted no queda satisfecho con ésta, podrá recurrir al Defensor del Asegurado de la misma o directamente a la Dirección General de Seguros.

En cambio, si usted considera que su queja o reclamación se refiere a los servicios ofrecidos por su correduría de seguros, plantee la queja ante el departamento o servicio de atención al cliente de la misma.

En el caso de que usted considere no haber recibido la indemnización adecuada o el servicio adecuado en su seguro del hogar, puede acudir al defensor del asegurado de la compañía con la que tiene contratado el seguro, para realizar la reclamación, de forma gratuita. Disponer de un defensor del asegurado no es obligatorio para ninguna organización, por lo tanto, no todas las aseguradoras y corredurías cuentan con un defensor del asegurado

También, podrá dirigirse a La Dirección General de Seguros, dependencia de seguros del Ministerio de Economía y Hacienda. La reclamación se realizará por escrito por la persona directamente interesada (tomador del seguro, asegurado, beneficiario, terceros perjudicados y derechohabientes de cualquiera de ellos). El servicio es totalmente gratuito y a él puede acudir cualquier asegurado que tenga discrepancias de interpretación con su Aseguradora o correduría en la aplicación de las cláusulas de sus contratos de seguros del hogar

Para presentar una reclamación ante este organismo público será requisito previo justificar que se ha formulado previamente la queja o reclamación ante el departamento o servicio de atención al cliente o, en su caso, ante el defensor del cliente de la compañía de seguros, y que se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

  • a) La respuesta de la entidad ha sigo negativa a la petición del reclamante.
  • b) La entidad no ha admitido a trámite la queja o reclamación.
  • c) Han transcurrido más de dos meses desde la fecha de presentación de la queja o reclamación ante la entidad sin que ésta la haya resuelto.

Para ello, deberá completar un formulario, que está disponible en la página web de la DGSFP: http://www.dgsfp.meh.es/reclamaciones, o siguiendo el siguiente link: Descarga de Formulario de Quejas y Reclamaciones (23 KB)

Luego, deberá enviarlo a la DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES, Servicio de Reclamaciones – Paseo de la Castellana nº 44 – 28046 –Madrid. También se pueden presentar a través de la web institucional, en su oficina virtual: http://www.dgsfp.meh.es/OficinaVirtual/Index.asp

Artículos relacionados

  • No related posts

4 comentarios

RSS de los comentarios. TrackBack URI

  1. [...] Reclamaciones a las compañías de seguros en el blog de seguros de hogar [...]

    Pingback por Los destacados de los blogs de Seguros Red | Carlos Fernandez Fuente — 28 febrero, 2009 #

  2. [...] Reclamación a la compañía de seguros – A veces nos toca reclamar a nuestra aseguradora por nuestra disconformidad con un siniestro. Aquí nos aconsejan cómo hacerlo. (Seguros de hogar) [...]

    Pingback por La última semana de febrero en los blogs de Seguros Red — 28 febrero, 2009 #

  3. Tras varios años con asegurado con una poliza de salud de una Cía de Seguros Médicos, por motivos personales me ví obligado a darme de baja y dí orden de no atender los pagos mensuales. Comunique mi intención de causar baja por correo electronico y recientemente por fax con carta firmada. Ahora me informan de que este tipo de polizas solo se pueden anular a vencimiento y debo pagar el resto del año aunque no haya hecho uso de ninguna prestación. Es esto así…? Realmente estoy obligado…? Hay alguna posibilidad legal de evitar el pago…? Gracias.

    Comentar por Manuel Cumplido — 4 noviembre, 2009 #

  4. HOLA, TENGO UN PROBLEMA Y QUISIERA QUE ME LO ACLARE ALGUIEN, EL PASADO MES DI PARTE AL SEGURO DE LA GRAN CANTIDAD DE UMEDAD QUE TENIA EN MI VIVIENDA Y EN LOS TECHOS DEL VECINO POR DEVAJO DE MI PATIO, TRAS VENIR EL TECNICO ME COMENTA DE A MI SI ME LO CUBRE PERO AL VECINO NO, DOY PARTE OTRA VEZ AL SEGURO Y ME SOLICITAN UN PERITO EL CUAL DESPUES DE VARIOS DIAS ME COMUNICAN DE QUE NI A MI NI A MI VECINO ME CUBREN DICHA REPARACION, SON UMEDADES POR LAS FUERTES LLUVIAS DE ESTE AÑO, Y MI PREGUNTA ES QUE SI PRIMERO ME DICEN QUE SI Y AHORA QUE NO QUE DEVO DE HACER SI EN EL TELEFONO MOVIL TENGO LOS MENSAJES DE LA ACEPTACION DE LA PRIMERA QUEJA, SALUDOS

    Comentar por juan — 5 mayo, 2010 #

Deja un comentario

XHTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>

Este blog funciona gracias a WordPress | Un blog de Seguros Red | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

Analizamos Seguros y Aseguradoras | Publicaciones especializadas en Seguros