Seguros de hogar
Publicado por Lorena - 01/02/10 a las 10:02:23 amCuando adquirimos una vivienda siempre pretendemos disfrutarla de diferentes maneras, decorándola, agrandándola, aprovechando los espacios, tranquilidad, etc. Pero muchas veces dejamos de lado el contratar un seguro de hogar y justamente los seguros de hogar son los que hacen la diferencia a la hora de un imprevisto y no tener que lamentarnos y tener la tranquilidad de estar cubiertos.
Si ha de elegir un seguro de hogar muchos consejos indican que el Seguro de Multirriesgo Hogar es el que más se ajusta para la vivienda.
Este tipo de seguro, por lo general llegar a cubrir, el pago de una indemnización, además del coste de reparación o reposición de los bienes dañados por:
-Daños que pudiera llegar a sufrir la estructura de la vivienda. Definido como Continente.
-Daños al Contenido esto es: muebles, ropas, electrodomésticos, joyas, enmarca todo lo que se encuentre dentro de la vivienda cuando se produce el daño.
Otra de las ventajas, es que da respaldo con un capital por la responsabilidad civil en caso de ser reclamado por terceras personas ya sea como propietario o inquilino.
En cuanto a los riesgos, cubre diversos tipos de riesgo van desde:
Incendios, explosiones, robos o atracos, escapes de agua, rotura de cristales o loza o vitrocerámicas, daños ante eventualidades atmosféricas(lluvia, viento, pedrisco, inundaciones).
En definitiva el Seguro Multirriesgo Hogar:
Además de cubrir los diferentes riesgos, también abona una indemnización ante daños que pudiera llegar a sufrir la casa y el contenido, y sobretodo una vez producidos los daños, costea los diversos gastos de reparación:
-Ante un incendio por completo de la casa, le reparan las estructuras, acondicionando paredes y abonarán cierta cantidad de dinero para la compra de nuevos muebles y ropas.
-Ante un robo, reparan los daños en puertas o ventanas generados por los ladrones, además abonarán una cantidad por lo robado.
Dicha indemnización será en función de los capitales que se hayan contratado para asegurar el Continente y el Contenido.
Mientras que, también una indemnización para terceras personas por daños o lesiones de los que el propietario o inquilino. sea legalmente responsable: En caso de que se produzca algún posible daño a otras casas, en ese caso se reparan estos daños.
Generalmente se aconseja, asegurar bajo dicha póliza la estructura de la casa lo definido como Continente, además de todos los bienes, muebles y enseres personales, esto es definido como Contenido.
Uno de los consejos sobre lo anterior dicho, es prestar atención a la hora de leer sobre el Continente y el Contenido. Ya que respecto al Continente, no en todos los seguros de este tipo, cubren las instalaciones deportivas, jardines o piscinas. Así como no se incluyen el mobiliario y objetos profesionales.
Ante todo esto, la Póliza de Multirriesgos Hogar cubre daños ocasionados a la propia vivienda o bienes si son causados por: Incendio, explosión, robo, escapes de agua, lluvia, viento, pedrisco, y rotura de cristales o loza.
Por otro lado, protege por la responsabilidad civil del propietario o inquilino si ocasiona daños a terceras personas, excluyendo a la familia.
Así como existen riesgos a cubrir, existen otros que la póliza no cubre como el incendio por accidente de fumador, robo de bienes al aire libre, desperfectos que sean de carácter superficial en cristales, espejos y daños por falta de mantenimiento.
En cuanto a los capitales asegurados, estos se toman como los valores que el asegurado le asigna a su casa y bienes. Por lo que debe revisarse previamente este punto y asegurarse que contrate los capitales correctos ya que de no ser así la indemnización que perciba ante siniestro no será la correcta no pudiendo llegar a compensar las pérdidas económicas.
Por eso se aconseja, asegurar la casa por lo que costaría reconstruirla. Debe excluirse de este cálculo el valor del terreno y la cantidad que conseguiría vendiéndola.
En tanto, que los bienes y enseres personales y los domésticos hay que asegurarlos por la cantidad que costaría de tener que comprarlos nuevos.
Respecto a asegurar joyas, usualmente las pólizas tienen un límite en cuanto a la cantidad que abonan por joyas u objetos de valor dentro de este segmento entran (cámaras fotográficas o de video, colecciones de sellos o monedas, pieles, objetos de arte.). Pero si dicha cifra no llega a cubrir del todo, se puede ampliar.
Si de consejos se trata estos son algunos:
Como en todo contrato que se va a firmar previamente lea detalladamente la póliza antes de firmarla. Además de guardar toda la documentación que le de la aseguradora. Pregunte si tiene dudas las preguntas no deben molestar y debe ser obligatorio que le informen de todo lo referido al seguro que va a contratar.
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