Seguro De Hogar - Part 2
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Asefa Edificios

Asefa permite, conocer a las comunidades de vecinos su nuevo seguro “Asefa Edificios”, más amplio en coberturas y garantías que un seguro de hogar. Está dirigido a aquellos que viven en edificios y Asefa sabiendo de las necesidades estas comunidades diseño este seguro comunidad de vecinos.

Esa así que al ser su vivienda parte de una Comunidad de Propietarios, deberá tener un seguro que abarque más allá de los seguros de hogar usuales. Con este producto se puede obtener una cobertura ante eventualidades que pudiera sufrir su edificio.

Pero también está dirigido a edificios con oficinas, comercios y a edificios para estacionamientos privados de vehículos a motor.

Asefa pone a disposición, las mejores coberturas y garantías dentro de este nuevo producto, adaptándose a las necesidades de la Comunidad de Propietarios.

Principales Garantías:

Pérdida de Alquileres:
Ante un siniestro cubierto por la póliza, y que genere inhabitabilidad total de la vivienda, plaza de aparcamiento o local, trayendo la rescisión forzosa del contrato de arrendamiento, en dicho caso se indemnizará al asegurado el perjuicio que llegara a sufrir, teniendo un límite máximo del 20% de la suma asegurada de Continente.

Inhabilitabilidad Total:
En caso de ser necesario el desalojo total o parcial del edificio asegurado para su reparación, en este caso también estará asegurado el alojamiento que será provisional en algún hotel, que esté en el mismo núcleo urbano e incluso en poblaciones adyacentes, de los propietarios o usuarios del edificio con un máximo de 30.000€, además del alquiler de una vivienda o local provisional de similares características al asegurado, con un límite fijado en el 20% de la suma asegurada de Continente

Expoliación de Bienes y Efectos Personales de los Copropietarios:
Dentro de los límites de la póliza, se garantizarán los daños y pérdidas materiales que llegaran a sufrir los bienes asegurados de los copropietarios o inquilinos, familiares o personas que en ese momento convivan con ellos de forma permanente

Amplia cobertura de Responsabilidad Civil:
-Dentro de la propia Comunidad como propietaria del inmueble o en todo caso al ser empresa.
-De los propietarios
-Del Presidente y miembros de la Junta Rectora
-De los copropietarios entre sí
-Frente a la propia Comunidad

Daños Estéticos:
Reposición de elementos ante daños reemplazándolos por nuevos y similares.

Valor de Reconstrucción de Nuevo:
Ante siniestro, Asefa Edificios lo indemnizará como si fuese nuevo, sin fijarse en la antigüedad del edificio

Garantías y Coberturas:

Garantías Básicas:
-Incendio, implosión, explosión, rayo
-Daños causados por la electricidad
-Impacto
-Lluvia, viento, pedrisco y nieve
-Inundación
-Vandalismo
-Humo
-Ondas sísimicas
-Desperfectos por robo (a primer riesgo)
-Daños estéticos
-Asistencia
-Protección jurídica

Garantías Opcionales:
-Rotura de espejos lunas o cristales
-Daños por agua
-Avería de maquinaria
-Responsabilidad Civil
-Robo del contenido comunal

Zurich Hogar

Que es lo que ofrece el seguro de hogar de Zurich, ofrece desde la cobertura y garantías más básicas de los seguros de hogar hasta otras más específicas que hacen del seguro de vivienda actual mucho más especializados en las necesidades de cada tipo de cliente.

Este seguro de casa cuenta con una amplia variedad de coberturas y servicios que les aportan soluciones a los diversos problemas:

-Asistencia 24 horas los 365 días al año sin interrupciones ni fechas especiales.
-Reposición de llaves además de la asistencia de un cerrajero ante un robo, hurto o atraco.
-Cobertura por Atraco fuera del hogar.
-Uso fraudulento de tarjetas de crédito, cheques y libretas de ahorro por coacción.
-Responsabilidad Civil tanto a nivel particular como familiar
-Así como una Asistencia informática en el hogar durante las 24h los 365 días del año

Zurich Hogar, ofrece otros seguros, para saber de ellos, pueden pinchar aquí.

Zurich Asistencia informática

Zurich cuenta con un novedoso servicio que muchas veces el seguro de hogar no cubre, este es un servicio de asistencia informática dirigido a aquellos que poseen en la vivienda un ordenador.

Ya que en el puesto de trabajo o empresa puede haber un experto que realice la tarea de asistencia pero al encontrarse el ordenador en la casa puede uno quedar aislado de una correcta ayuda, o debe poner su confianza en un experto que uno no conoce o incluso llevar el ordenador hasta el lugar donde lo puedan componer.

Es por ello que Zurich pone a disposición este servicio “Asistente Informático Zurich”, que se encuentra disponible las 24 horas durante los 365 días al año. El que es totalmente gratuito para acceder a él el único requisito es ser cliente de Zurich Hogar o Zurich Negocio.

Los servicios que incluye el Asistente Informático Zurich:
-Asistencia Informática Online
-Asistencia Informática con desplazamiento a domicilio
-Copia de Seguridad
-Recuperación de Datos

Para saber más de este servicio, pueden ingresar al siguiente enlace.

Chartis Seguro de hogar

El seguro de hogar de Chartis cuenta con varias de las características de los demás seguros de hogar y otras específicas al seguro diseñado por Chartis.

Teniendo como característica el de la Protección de la Vivienda, brindando cobertura sobre la vivienda del asegurado y su contenido, así como contra pérdidas o daños ocasionados por fuego, agua, robo, vandalismo, viento y relámpagos.

También llega a cubrir la responsabilidad civil legal contra terceros del propietario y su familia, además del inmueble, mientras la propiedad esté cubierta.

Mientras que Protección de Automóvil aporta una cobertura ante eventualidades como: accidente, robo, vandalismo o colisión con un vehículo de motor.

Dicha póliza se encarga de brindarle al asegurado desde una cobertura médica hasta la responsabilidad civil. Así como la cobertura de esta propiedad paga por daños o robo del vehículo.

A la vez que, la cobertura de Responsabilidad Civil cargará con la responsabilidad legal del asegurado y con los demás si existieran lesiones corporales o daños a la propiedad.

Además cuenta con Cobertura Médica, que abona el coste de la rehabilitación, tratamiento de las lesiones y demás prestaciones.

Cobertura de daños por agua en el seguro de hogar

Los imprevistos en la vivienda pueden surgir en cualquier momento, pero de los más comunes son los daños por agua, y cuando se cuenta con un seguro de hogar, se está cubierto ante este tipo de daños, ocasionados por una avería que provoquen considerables daños en el continente o en el contenido.

Si más allá del tipo de daño, el escape se da por la avería, se deberá reparar, cambiando la tubería, levantar solería, baldosas, más la mano de obra y desplazamientos de profesionales.

Por lo que este tipo de Cobertura que suelen tener casi todos los seguros de hogar, su objetivo es el de sufragar todos los gastos que surjan en cualquier momento debido al agua, y con esto traer un gasto extra para el propietario de la vivienda.

El objetivo de esta cobertura es la de cubrir los gastos sufridos en la vivienda y derivados de la fuga de agua, ya sea por omisión o avería.

Se sabe que, lo que cubre son los daños ocasionados en el continente y contenido de la vivienda asegurada siempre y cuando hayan sido contratados, los propios bienes del propietario, pero no los de terceras personas como ser los de vecinos, ya que estos son cubiertos por medio de la cobertura de Responsabilidad Civil.

Aunque para acceder a la cobertura de: reparación y reposición de tuberías, levantar solería, baldosas, quitar manchas en las paredes, pintarlas, se debe de contratar el continente, además para obtener derecho a la reparación del frigorífico dañado por los efectos del agua, o un mueble, alfombra, lo que entran en la categoría de (muebles y enseres) se debe de contratar el contenido.

Uno de los principales consejos siempre es el de estudiar la letra pequeña y observar sobre:

Gastos Cubiertos:

Al existir una avería o escape de agua, se debe de localizar y reparar. Pero No todas las situaciones se encuentran cubiertas, y es por ello que se deberá verificar la póliza sobre aspectos como:

-Localización y reparación de la instalación debido al mal estado de conservación, o envejecimiento.
-Humedades prolongadas, o condensaciones generadas por el asegurado.
-Defectos o vicios ocultos de la construcción
-Filtraciones mediante lozas sanitarias
-Desatascar conducciones, tuberías y aparatos de la red que estén obturados.
-Averías y daños ocasionados por la red que forme parte de la comunidad de vecinos, en la cuota proporcional de la co-propiedad que corresponda al asegurado, hasta un límite máximo de dinero.
-Averías que No generen daños en la vivienda, aunque si en otras colindantes.

Además se tendrá que verificar la indemnización máxima que brinda la aseguradora, puede variar desde el 100% del valor total del continente y contenido asegurado, a un 5%-10%-20%.

Instalación Asegurada:

Cada aseguradora cuenta con una póliza distinta, y debido a esto también coberturas diferentes. Es por ello que se tendrá que estudiar si se está o no asegurado las partes de la instalación, como:

-Reparación y/o sustitución de llaves de paso o válvulas de acceso a la instalación, tanto en su tramo inicial (entrada a la vivienda), tramos intermedios (baños y cocina), y en su tramo final (lavabos, fregaderos, bañeras).
-Reparación de calderas, calentadores, radiadores, o sea electrodomésticos ligados al agua, y que cuya rotura provoque un escape.
-Congelación de tuberías, conducciones o depósitos de almacenamiento de agua.
-Bajantes o canalones de aguas pluviales
-Averías de piscinas, estanques, fosas asépticas (pozos ciegos), riegos en jardines, sumideros.
-Avería por mal estado o deterioro general de la red.

Puede darse el caso de que, ante una avería, la aseguradora abone la mano de obra y desplazamiento de los profesionales, y que el asegurado corra por su cuenta del coste de los materiales especiales, que existen dentro de una instalación de agua.

Exclusiones generales en los seguros de hogar

Al contratar seguros de hogar, muchas veces se da consejos de cómo actuar en cuanto a lo que se debe preguntar, las dudas que puedan surgirle así como leer la letra pequeña de la póliza. Pero hay que decir que todas las aseguradoras cuentan con un artículo dentro de las condiciones generales de las pólizas, en dicho apartado de exclusiones, se encuentran todas las situaciones o riesgos que estas No asumirán.

Estas exclusiones llegan a afectar a toda la póliza del seguro de hogar, por lo que No asegurarán, ni indemnizarán ni se aplicarán bajo ningún concepto, es por ello que figuran todas bajo un mismo artículo.

Si bien esto es prácticamente común en todas las aseguradoras, hay ciertas diferencias en cada una, ya que en algunas si se da la cobertura. Dado esto se aconseja estudiar la póliza para poder saber la extensión de las exclusiones.

Dentro de las eventualidades que las aseguradoras No brindan cobertura suelen ser:

-Fenómenos naturales extraordinarios: inundación, terremoto, maremoto, erupción volcánica, tempestad ciclónica atípica o caída de cuerpos siderales y aerolitos.
-Situaciones ocasionadas por el terrorismo, rebelión, sedición, motín o tumultos populares.
-Actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz. Así como actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de guerra, o situaciones pre-bélicas.
-Conflictos armados civiles o internacionales
-Cualquier tipo de riesgos y que su cobertura esté ligado al Consorcio de Compensación de Seguros.
-Hechos de tipo catástrofe o calamidad nacional.
-Alteraciones políticas y sociales motivadas por reuniones, manifestaciones o huelgas.
Energía nuclear.
-Vicio o defecto propio de los bienes asegurados.
-Asentamientos, hundimientos, desprendimientos, corrimientos o ablandamientos del terreno debido a cualquier motivo.
-Los hechos ocasionados de la mala fe por parte del asegurado
-Dedicación u ocupación de la vivienda para actividades profesionales, comerciales o industriales, o cualquier otra que no sea la de casa-habitación.

Dado estas exclusiones lo aconsejable es el de estudiar detenidamente la póliza y revisar las exclusiones para no llevarse ninguna sorpresa.

Asistencia en el hogar

En este post le daremos una serie de consejos sobre la asistencia en el hogar que ofrecen los seguros de hogar. Cómo se sabe la vivienda y los enseres, así como los muebles, o electrodomésticos, se los utiliza a diario y con el paso de los años alguno de todos ellos llega a requerir la atención de los profesionales de mantenimiento y reparación respecto a la fontanería, electricidad, carpintería y demás.

Vale aclarar que, en este caso no implica la reparación o reposición por daño como en el caso de incendio, robo o rotura, ya que estos están cubiertos en la póliza del seguro de hogar, pero si del uso a diario y consecuente desgaste de la vivienda y objetos, ante esto se requiere de los profesionales que los arreglen o repongan.

Esta cobertura existe para brindarle al asegurado, por parte de la aseguradora, la posibilidad de contar con profesionales del sector, sea cual sea el ramo, que involucre al mantenimiento de una vivienda.

Al acceder a estos profesionales será sin ningún coste de mano de obra y desplazamiento esto dependiendo de cada aseguradora, el único gasto que deberá afrontar será el de los materiales, piezas o recambios.

Como en todo contrato se debe de estudiar la letra pequeña, y tener en consideración los siguientes términos:

Servicios Ofrecidos:

Se debe de leer la póliza si se encuentran o no incluidos todo tipo de profesionales, los que se encarguen de reparación o asistencia. Por lo general las aseguradoras ofrecen todos los servicios, como:

- Albañilería
- Antenas y porteros
- Electrodomésticos, TV y video, electrónica, informática
- Carpintería (madera y aluminio)
- Electricidad
- Fontanería
- Escayola
- Suelos (moqueta, abrillantado, parquet, mármol)

Dichos servicios son los más comunes, aunque no los únicos que ofrecen, además existen profesionales para tareas más específicas:

Personal Sanitario:
Este tipo de cobertura cuenta con fisioterapeutas, auxiliares de clínica, ante accidentes domésticos que tanto el asegurado u otra persona que conviva en dicha vivienda pueda sufrir.

Por lo que se debe de saber, si se tiene o no contratada dicha cobertura, en este caso el importe máximo y/o periodo máximo que la aseguradora indemnizará.

Personal Docente:
En este caso, se da si ante un accidente doméstico un chico por lo general, en edad escolar llegara a sufrir lesiones que le impidieran concurrir al colegio, en ciertas aseguradoras ofrecen el servicio de personal cualificado para que imparta clases a domicilio.

Se deberá saber el límite máximo de dinero y/o el periodo máximo de tiempo que la compañía prestará dicho servicio.

Personal Doméstico:
Dicha cobertura brinda personal para tareas comunes del hogar, si debido al accidente doméstico, no puede con las tareas.

Se deberá saber desde que día se prestará la asistencia, el periodo máximo de tiempo de la prestación y/o el límite máximo de dinero que la aseguradora asumirá a su cargo.

Vigilancia:
La cobertura les ofrece personal cualificado para protección y salvaguarda de la vivienda si llegara a quedar desprotegida debido a un siniestro de la vivienda.

Ante esto, se debe de saber el tiempo máximo de prestación del servicio y/o límite máximo que pagará la compañía.

Tiempo de Reacción:

Este concepto, se basa en saber si se tiene o no derecho a que un profesional preste asistencia para solucionar un problema en la vivienda, también se debe saber o mucho tener una garantía mínima de que el servicio será prestado rápidamente. Por lo que si bien hay servicios que pueden esperar a ser prestado existen otros que se los puede requerir de manera imprevista y con urgencia.

Garantías que ofrece la Aseguradora:
Se deberá ver en la póliza el tiempo, compromiso o garantía de reacción de la aseguradora en cada servicio que se pueda necesitar.

Usualmente, figura en la letra pequeña ”tan pronto como sea posible”, por lo que en ese caso no es un compromiso o garantía suficiente.

Coste Asegurado:
Ciertas aseguradoras, ofrecen todo tipo de profesionales sin ningún coste sobre la mano de obra y desplazamiento. Aunque no en todos los servicios o en algunos casos parte de dicho servicio y no el total.

Se da el caso de que ciertas aseguradoras, solamente ofrecen servicios de profesionales, pero sin cubrir su coste. Por lo que se debe de replantear esto ya que no se estaría brindando ningún valor añadido y el asegurado debería de pagar el coste.

En prácticamente todas las pólizas figura este tipo de prestación de esta cobertura, aunque por más extensa que sea se vuelve obsoleta, si la aseguradora no cubre, a su cargo, el gasto de mano de obra y desplazamientos.

De manera que si la aseguradora, no abona el coste de profesionales, lo más recomendable realizar una lista propia, donde figuren teléfonos de profesionales de confianza y teléfonos de urgencias.

Por lo que si la aseguradora, solamente cubre de manera parcial ciertos servicios de profesionales, se deberá de hacer una lista denominada “mixta” esta servirá para tener ante cualquier eventualidad tener a mano esa lista de profesionales.

Este tipo de medidas sirven para estar mejor preparados ante los problemas que puedan surgir con la asistencia al hogar.

Daños estéticos en el seguro de hogar

Al contratar un seguro de hogar, siempre se lo contrata para que cubra y nos ofrezca una indemnización y reparación, aunque pueden surgir eventuales daños estéticos, pero como en todo contrato no todo es claro y es por ello que existen diversos consejos alrededor de los seguros de hogar.

Cuando se produce un daño sea por agua o incendio parcial en muchas ocasiones se debe reparar a fondo y en muchos casos en la habitación donde se produjo el daño, se debe reemplazar algunas baldosas.

El problema o duda surge cuando al tener que reemplazar dichas baldosas, ya no son fabricadas, por lo menos ese modelo, pero debido a esto la aseguradora deberá colocar otras similares, pero no iguales. Esto se toma como un daño estético, ocasionado por la colocación de estas nuevas baldosas que se diferencian de las anteriores.

Justamente dicha cobertura tiene como fin reparar este inconveniente, y poder brindar soluciones estéticas, para que la estética de lo afectado no se viera dañada en su aspecto. Claro que otra manera sería el reemplazo total de las baldosas de la habitación dañada, lo que traería un gasto mayor al que se estaría dispuesto o se pudiera afrontar.

Es por ello que la finalidad de esta cobertura, es pretender ofrecer soluciones para que, tras ser reparado el daño, y que el conjunto del bien afectado presente un aspecto ideal, utilizando elementos y/o materiales iguales.

De manera que, la indemnización que abona la aseguradora cubre el material que se requiera y la mano de obra de profesionales, y hasta el desplazamiento de los mismos.

Lo que debe tenerse en cuenta es que se cubre los daños que sean ocasionados en el continente y contenido de la vivienda, esto son los bienes del propietario, y no los de terceras personas como vecinos, para ello existe la cobertura de Responsabilidad Civil.

Por lo que, para tener derecho a la cobertura en cuanto a la reposición de baldosas o otras reparaciones, se debe contratar el Continente, para acceder al derecho a la reposición de cristales, alfombras, muebles y enseres se debe es contratar el contenido.

Dentro de esto, lo más importante es observar la letra pequeña, y basarse en esto:

-Coberturas afectadas
-Cantidad de dinero máximo
-Exclusiones

Coberturas Afectadas:
Fijarse en su póliza si es de aplicación las soluciones estéticas, por cualquier eventualidad o una parte de las coberturas contratadas.

Un caso que puede darse es el de tener derecho en los posibles de daños por incendio y fenómenos meteorológicos, y no tener derecho a las soluciones estéticas, por daño por agua.

Si el agua debido a una avería llegara a inundar la habitación. Deberían cambiarle las zonas por donde pasa la avería, pero no tiene el derecho a la cobertura de daños estéticos.

Cantidad De Dinero Máximo:
En cuanto a esto, se puede tener derecho a soluciones estéticas en su póliza, pero previamente se debe tener en cuenta la cifra máxima de dinero que la aseguradora le indemniza por esto.

Es así que ciertas aseguradoras posibilitan contratarla opcionalmente, y en algunos casos con la cifra máxima a elegir por el propio asegurado. Se aconseja leer esto, ya que este tipo de aspectos tienen que quedar especificados en las condiciones particulares de su póliza.

Usualmente se contrata por entre 1.500€ y 1.800€. Esta cifra es el máximo que la aseguradora le indemnizará. Por lo que lo que sobrepase la reparación de ”daños estéticos” por ese valor, deberá ser aportado por el asegurado.

Exclusiones:
A pesar de lo antes dicho, no siempre se encuentran asegurados todos los bienes que conforman la vivienda en la cobertura de soluciones estéticas.

Por lo que existen consejos que señalan que se debe de leer detenidamente su póliza y si su aseguradora le cubre:

-Aparatos sanitarios
-Piscinas, vallas, muros
-Molduras de escayola en techos

Ciertas aseguradoras excluyen los accesorios que por lo general son entendidos como los más caros, o incluso con una posibilidad mayor a ser dañados.

Infraseguro en el seguro de hogar

Este post tiene como objetivo aportar una serie de consejos sobre la situación de los seguros de hogar y el infraseguro.

Como se sabe, respecto al seguro de hogar, para poder contratarlo es importante el cálculo lo más exacto posible respecto al valor de la suma asegurada. Ya que si se hace mal o no se respeta, la indemnización que se deba cobrar no corresponderá a lo que el asegurado ha pagado por ello, esta situación enmarca términos como: Infraseguro, Sobreseguro, Primer Riesgo.

Infraseguro:
Este tipo de circunstancia o situación se llega a producir al momento en que el asegurado cuenta con bienes por un valor que es Superior a los ha declarado en la póliza de seguros. Es por ello que al momento de calcular la prima a pagar, la aseguradora considera sólo lo declarado, y si el valor es inferior al valor real, entonces la prima a pagar también será inferior a la que correspondería.

Por lo que si su casa cuenta con 120 metros cuadrados, pero se declaran 100, así como en cuanto al valor, si la casa tiene un valor de reconstrucción de 70.000€, pero se declaran 50.000€, en ese caso la prima a pagar será inferior.

Lo mismo puede pasarle con el Contenido, si el valor de los muebles y enseres es de 25.000€ pero se declaran 20.000€, si existiera un robo por 2.000€, percibirá la parte proporcional y no la que le correspondería.

Más allá de esto, al saberse que es difícil de calcular la cifra exacta del valor de todos los bienes que se poseen, las aseguradoras suelen dar un ”margen de error”, debido a esto. Este margen de error que otorgan puede llegar a ser entre un 15% - 25% entre el valor real, y el valor declarado en la póliza. De manera que si se encuentra dentro de este margen, no se aplica la regla de proporcionalidad.

Sobreseguro:
En este concepto vale decir que, es todo lo contrario al Infraseguro. Ya que el Sobreseguro es aplicado cuando el valor real de los bienes llega a ser inferior al que se ha declarado en la póliza.

En cuanto al Continente, si la vivienda cuenta con 120 metros cuadrados, pero se declara 1130 metros, así como si la casa tiene un valor de reconstrucción de 45.000€, y declara 60.000€, entonces la prima a pagar será mayor.

A todo esto, si se produjera un siniestro que genere la total destrucción de la casa, no se cobrarán los 60.000€, sino que se cobrarán los 45.000€ que realmente vale.

Por el lado del Contenido. Si el valor de los muebles y enseres es de 18.000€ y se declaran 22.000€, si se produjera un incendio total, no se cobrarán los 22.000€, solamente se cobrarán los 18.000€.

En este caso la aseguradora, solamente le indemnizará por el valor real de los bienes, y no por lo que se llegara a declarar. El Sobreseguro sirve para evitar el fraude.

Primer Riesgo:
Esto significa asegurar a primer riesgo, lo que genera que la aseguradora le indemnizará solamente hasta la cantidad de dinero que se ha asegurado, por lo que no se aplicarán la regla de proporcionalidad que se aplica en el infraseguro.

De manera que si se produce el robo de una televisión que tiene un valor de 1250€, pero se está asegurada hasta 800€, y cuya cifra será la cantidad que percibirá, en diferencia de lo que pasa en el Infraseguro, que se abona la parte proporcional.

Puede darse la situación de un potencial fraude, esto se daría si se declarara como Contenido con 5.000€, pero verdaderamente es de 25.000€.

Por lo que como asegurado solo se tendría derecho, y como límite, a los 5.000€ si se diera un incendio total de la casa. Ahora en caso de que, se produjera nada más que el robo de una televisión. En ese caso y si fuera a primer riesgo, una televisión que tenga un valor menor a 3.000€, entonces el asegurado recibirá el 100% del valor, pero en esta situación se produciría un infraseguro en el contenido.

Si se diera el caso de que pasadas unas semanas se, incendiara la cocina y tuviera un valor de reposición de 4.500€. Si se asegura a primer riesgo, sí se tendría derecho a esos 3.000€.

Es por ello, que las aseguradoras diferencian entre los objetos y bienes que se encuentran cubiertos y se les aplica la proporcionalidad por infraseguro, y los que son asegurados a primer riesgo.

Seguros de hogar

Cuando adquirimos una vivienda siempre pretendemos disfrutarla de diferentes maneras, decorándola, agrandándola, aprovechando los espacios, tranquilidad, etc. Pero muchas veces dejamos de lado el contratar un seguro de hogar y justamente los seguros de hogar son los que hacen la diferencia a la hora de un imprevisto y no tener que lamentarnos y tener la tranquilidad de estar cubiertos.

Si ha de elegir un seguro de hogar muchos consejos indican que el Seguro de Multirriesgo Hogar es el que más se ajusta para la vivienda.

Este tipo de seguro, por lo general llegar a cubrir, el pago de una indemnización, además del coste de reparación o reposición de los bienes dañados por:

-Daños que pudiera llegar a sufrir la estructura de la vivienda. Definido como Continente.
-Daños al Contenido esto es: muebles, ropas, electrodomésticos, joyas, enmarca todo lo que se encuentre dentro de la vivienda cuando se produce el daño.

Otra de las ventajas, es que da respaldo con un capital por la responsabilidad civil en caso de ser reclamado por terceras personas ya sea como propietario o inquilino.

En cuanto a los riesgos, cubre diversos tipos de riesgo van desde:
Incendios, explosiones, robos o atracos, escapes de agua, rotura de cristales o loza o vitrocerámicas, daños ante eventualidades atmosféricas(lluvia, viento, pedrisco, inundaciones).

En definitiva el Seguro Multirriesgo Hogar:
Además de cubrir los diferentes riesgos, también abona una indemnización ante daños que pudiera llegar a sufrir la casa y el contenido, y sobretodo una vez producidos los daños, costea los diversos gastos de reparación:

-Ante un incendio por completo de la casa, le reparan las estructuras, acondicionando paredes y abonarán cierta cantidad de dinero para la compra de nuevos muebles y ropas.

-Ante un robo, reparan los daños en puertas o ventanas generados por los ladrones, además abonarán una cantidad por lo robado.

Dicha indemnización será en función de los capitales que se hayan contratado para asegurar el Continente y el Contenido.

Mientras que, también una indemnización para terceras personas por daños o lesiones de los que el propietario o inquilino. sea legalmente responsable: En caso de que se produzca algún posible daño a otras casas, en ese caso se reparan estos daños.

Generalmente se aconseja, asegurar bajo dicha póliza la estructura de la casa lo definido como Continente, además de todos los bienes, muebles y enseres personales, esto es definido como Contenido.

Uno de los consejos sobre lo anterior dicho, es prestar atención a la hora de leer sobre el Continente y el Contenido. Ya que respecto al Continente, no en todos los seguros de este tipo, cubren las instalaciones deportivas, jardines o piscinas. Así como no se incluyen el mobiliario y objetos profesionales.

Ante todo esto, la Póliza de Multirriesgos Hogar cubre daños ocasionados a la propia vivienda o bienes si son causados por: Incendio, explosión, robo, escapes de agua, lluvia, viento, pedrisco, y rotura de cristales o loza.

Por otro lado, protege por la responsabilidad civil del propietario o inquilino si ocasiona daños a terceras personas, excluyendo a la familia.

Así como existen riesgos a cubrir, existen otros que la póliza no cubre como el incendio por accidente de fumador, robo de bienes al aire libre, desperfectos que sean de carácter superficial en cristales, espejos y daños por falta de mantenimiento.

En cuanto a los capitales asegurados, estos se toman como los valores que el asegurado le asigna a su casa y bienes. Por lo que debe revisarse previamente este punto y asegurarse que contrate los capitales correctos ya que de no ser así la indemnización que perciba ante siniestro no será la correcta no pudiendo llegar a compensar las pérdidas económicas.

Por eso se aconseja, asegurar la casa por lo que costaría reconstruirla. Debe excluirse de este cálculo el valor del terreno y la cantidad que conseguiría vendiéndola.

En tanto, que los bienes y enseres personales y los domésticos hay que asegurarlos por la cantidad que costaría de tener que comprarlos nuevos.

Respecto a asegurar joyas, usualmente las pólizas tienen un límite en cuanto a la cantidad que abonan por joyas u objetos de valor dentro de este segmento entran (cámaras fotográficas o de video, colecciones de sellos o monedas, pieles, objetos de arte.). Pero si dicha cifra no llega a cubrir del todo, se puede ampliar.

Si de consejos se trata estos son algunos:
Como en todo contrato que se va a firmar previamente lea detalladamente la póliza antes de firmarla. Además de guardar toda la documentación que le de la aseguradora. Pregunte si tiene dudas las preguntas no deben molestar y debe ser obligatorio que le informen de todo lo referido al seguro que va a contratar.

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